A partir del D.S. de 02- Marzo -1945 se determinan diversas categorías de trabajadores
con el objeto de definir los trabajos y jornales mínimos por categoríaSe considera ayudantes u oficiales a los trabajadores que desempeñan las mismas ocupaciones que los operarios, pero que laboran como auxiliares de ellos teniendo a su cargo la responsabilidad de la tarea sin haber alcanzado plena calificación en la especialidad.
Relación completa en " Manual Regimen laboral construcción civil " ver aqui
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