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sábado, 7 de octubre de 2017

Aprueban los Factores de Liquidación “V” cálculo Vacaciones Construcción Civil

Aprueban los Factores de Liquidación “V” para el cálculo de la Compensación Vacacional de los trabajadores de Construcción Civil para las seis Áreas Geográficas, correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2016 a mayo de 2017

Norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 341-2017-INEI
Publicado : 07/10/2017


En base a los acuerdos contenidos en la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del año 2017-2018, al haberse producido variación en los jornales de Construcción Civil, se aprueba del Factor de Liquidación “V” correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2016 a mayo de 2017;

¿ Como se aplica ?
Se utiliza la fórmula aprobada por Resolución Jefatural N° 022-94 INEI, donde “V” corresponde al mes efectivo de pago de la valorización.


__________________________________________

Lima, 2 de octubre de 2017
Visto, el Oficio Nº 272-2017-INEI/DTIE, de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y el Oficio N° 2655- 2017-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena y Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, Ley Orgánica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, se declara en desactivación y disolución el Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción (CREPCO), transfiriendo al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 022-94 INEI de fecha 18 de enero de 1994, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), creó el Factor de Liquidación “V” y aprobó la fórmula de cálculo del reintegro por concepto de pago de Compensación Vacacional; disponiendo que el INEI publicará el Factor de Liquidación “V” cada vez que se produzca una variación en los jornales de Construcción Civil que afecte el monto de la Compensación Vacacional;

Que, con Oficio N° 2655-2017-MTPE/2/14 la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, comunica que el 08 de setiembre de 2017, la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú – FTCCP remitió a la Autoridad de Trabajo el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2017-2018, en virtud del cual se ha dado solución al Pliego de Reclamos presentado por dicha Organización Sindical ante la Cámara Peruana de la Construcción-CAPECO. Adjunta copia del Convenio Colectivo de Trabajo, así como el Auto Directoral General N° 241-2017-MTPE/2/14;

Que, en el Convenio Colectivo de Trabajo -Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2017-2018, Expediente N° 106-2017-MTPE/2.14-NC, se acordó, entre otros, que a partir del 1 de junio de 2017 los trabajadores de Construcción Civil del ámbito nacional, recibirán un aumento general sobre su jornal básico diario;

Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos a través del Oficio Nº 272-2017-INEI/DTIE, en base a los acuerdos contenidos en la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del año 2017-2018, al haberse producido variación en los jornales de Construcción Civil, solicita la aprobación del Factor de Liquidación “V” correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2016 a mayo de 2017; el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción del Instituto Nacional de Estadística e Informática; tal como se desprende del informe Nº 01-09-2017-INEI/DTIE;

Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y,

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los Factores de Liquidación “V” para el cálculo de la Compensación Vacacional de los trabajadores de Construcción Civil para las seis (06) Áreas Geográficas, correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2016 a mayo de 2017, derivados de la variación de los jornales de la mano de obra producida a partir del mes de junio del 2017, en la forma siguiente:



Artículo 2.- Los Factores de Liquidación “V” precisados en el artículo precedente, se aplicarán según
la fórmula aprobada por Resolución Jefatural N° 022-94 INEI, donde “V” corresponde al mes efectivo de pago de la valorización.

Artículo 3.- Los Factores de Liquidación “V” de la presente Resolución, se aplicarán exclusivamente a las valorizaciones pagadas y no afectadas por un Factor de Liquidación “V” anterior.

Manual régimen laboral construcción civil periodo 2017-2018


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Documento de 436  paginas en formato PDF

Incluye : Convenio Colectivo 2017-2018
En formato Excel :
 a.- Tabla de jornales construcción civil 2017-2018
 b.- Modelo de planilla básica , incluye boleta de pago
 c.- Modelo de planilla para el pago cese del trabajador construcción civil
 d.- Tabla de nuevos beneficios laborales en Excel
 e.- Calculo de reintegros aumentos convenio colectivo 2017-2018

Ver aqui

Aprueban los Factores de Liquidación “F” Compensación por Tiempo de Servicios Construcción Civil

Aprueban los Factores de Liquidación “F” para el cálculo de Compensación por Tiempo de Servicios de los trabajadores de Construcción Civil para las seis Áreas Geográficas, correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2016 a mayo de 2017

RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 340-2017-INEI

Publicado : 07/10/2017


En base a los acuerdos contenidos en la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del año 2017-2018, al haberse producido variación en los jornales de Construcción Civil, se aprueba  el  Factor de Liquidación “F” correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2016 a mayo de 2017.

¿ Y como se aplica?
Se utiliza la fórmula aprobada por Resolución N° 033-90-VC-9200, donde “F” corresponde al mes efectivo de pago de la valorización.


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Lima, 2 de octubre de 2017

Visto, el Oficio Nº 272-2017-INEI/DTIE, de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y el Oficio N° 2655- 2017-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución N° 033-90-VC-9200 de fecha 26 de Julio de 1990, el Consejo de Reajuste de los Precios de la Construcción – CREPCO, creó el Factor de Liquidación “F” y aprobó la fórmula del cálculo de reintegro por concepto de pago de Compensación por Tiempo de Servicios, disponiendo que cada vez que se produzca una variación en los jornales de Construcción Civil que afecte el monto de la Compensación por Tiempo de Servicios, deberá publicarse dicho factor de Liquidación;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena y Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, Ley Orgánica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, se declara en desactivación y disolución el Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción (CREPCO), transfiriendo al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), las
funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras;

Que, con Oficio N° 2655-2017-MTPE/2/14 la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, comunica que el 08 de setiembre de 2017, la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú – FTCCP remitió a la Autoridad de Trabajo el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2017-2018, en virtud del cual se ha dado solución al Pliego de Reclamos presentado por dicha Organización Sindical ante la Cámara Peruana de la Construcción-CAPECO.

Adjunta copia del Convenio Colectivo de Trabajo, así como el Auto Directoral General N° 241-2017-MTPE/2/14;

Que, en el Convenio Colectivo de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2017-2018, Expediente N° 106-2017-MTPE/2.14-NC, se acordó, entre otros, que a partir del 1 de junio de 2017 los trabajadores de Construcción Civil del ámbito nacional, recibirán un aumento general sobre su jornal básico diario;

Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos a través del Oficio Nº 272-2017-INEI/DTIE, en base a los acuerdos contenidos en la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del año 2017-2018, al haberse producido variación en los jornales de Construcción Civil, solicita la aprobación del Factor de Liquidación “F” correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2016 a mayo de 2017, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción del Instituto Nacional de Estadística e Informática, tal como se desprende del Informe Nº 01-09-2017-INEI/ DTIE;

Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y,

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los Factores de Liquidación “F” para el cálculo de Compensación por Tiempo de Servicios de los trabajadores de Construcción Civil para las seis (06) Áreas Geográficas, correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2016 a mayo de 2017, derivados de la variación de los jornales de la mano de obra producida a partir del mes de junio 2017, en la forma siguiente:



Artículo 2.- Los Factores de Liquidación “F” precisados en el artículo precedente, se aplicarán según la fórmula aprobada por Resolución N° 033-90-VC-9200, donde “F” corresponde al mes efectivo de pago de la valorización.

Artículo 3.- Los Factores de Liquidación “F” de la presente Resolución, se aplicarán exclusivamente a las valorizaciones pagadas y no afectadas por un Factor de Liquidación “F” anterior.


Manual régimen laboral construcción civil periodo 2017-2018


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Documento de 436  paginas en formato PDF

Incluye : Convenio Colectivo 2017-2018
En formato Excel :
 a.- Tabla de jornales construcción civil 2017-2018
 b.- Modelo de planilla básica , incluye boleta de pago
 c.- Modelo de planilla para el pago cese del trabajador construcción civil
 d.- Tabla de nuevos beneficios laborales en Excel
 e.- Calculo de reintegros aumentos convenio colectivo 2017-2018

Ver aqui

jueves, 21 de septiembre de 2017

Compendio convenios colectivos regimen laboral de construcción civil


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Documento de 55  paginas en formato PDF

Incluye :

Texto de Convenio Colectivo año :

2001
2002
2003
2004-2005
2006-2007
2007-2008
2008-2009
2010-2011
2011-2012
2012-2013
2013-2014
2014-2015
2015-2016
2016-2017

2017-2018 ( Vigente)



Resolverá sus dudas mas frecuentes ..

 ¿ En que convenio se acordo el pago por asignación escolaridad ?

¿ Desde que convenio el topografo es considerado como operario en construcción civil?



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Costo Compendio Convenios colectivos de Construcción civil  

S/ 58.00 ( Cincuentiocho nuevos soles

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Forma de pago :

1.- Deposite el importe en la cuenta abajo indica

2.- Una vez efectuado el pago, se debe escanear el Boucher y enviarlo por email a : conrcc@gmail.com

Asunto: Manual Régimen laboral construcción civil .

3.- Llamar al 999062932 para informar del deposito realizado y escaneo del Boucher


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Forma de entrega :
Recibido el mensaje con Boucher deposito se confirma la operación



En 05 minutos se remite el documento solicitado anexado a su correo electrónico.

.

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Deposite el importe en la cuenta del BANCO DE CRÉDITO DEL PERU

Cuenta : Ahorros
Moneda : Soles
Numero : 194-04544476-0-78
Titular : Ricardo Candela Casas


Código Interbancario : 00219410454447607893
El código interbancario se utiliza para realizar transferencias entre cuentas de bancos distintos al de Banco de Crédito del Perú.



También puede realizar el deposito en los AGENTES-BCP ( Bodegas, farmacias y establecimientos afiliados al Banco de crédito).


Coordinaciones a : conrcc@gmail.com o al teléfono 999062932

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Usted recibirá :

Manual Laboral de construcción civil 2017-2018 en formato PDF

Adicionalmente en formato EXCEL
a.- Tabla de jornales construcción civil 2017-2018
b.- Ejemplo de modelo de planilla de pago remuneraciones que incluye boletas de pago
c.- Modelo de planilla para el cese trabajadores
d.- Tabla de nuevos beneficios laborales 2017-2018
e.- Tabla calculo de reintegros por el convenio 2017-2018 en construcción civil




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Ver legislación laboral aplicada a personal empleado Pulse aqui
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Catalogo Manuales laborales legislación peruana 2017

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Categoria del Maestro de Obra en construcción civil

El maestro de Obra , ¿ En que categoria se encuentra para el regimen laboral de construcción civil?



¿ Que labores realiza un maestro de obra?
El arquitecto concibe una idea, la proyecta y la plasma en un plano.
Los trabajadores no saben de planos.

El maestro de obra sabe leer planos y les dice cómo y qué hay que hacer.
El arquitecto no puede supervisar a 20 trabajadores.

Está muy ocupado atendiendo al cliente propietario de la obra, checando costos, administrando los dineros, buscando materiales y reuniéndose con el maestro de obra para estar seguro de que todo va bién.


El maestro de obra no tiene título pero sabe tanto o más que el arquitecto por la experiencia, práctica y tiempo en el negocio de la construcción.

Por eso el arquitecto pone toda su confianza en el maestro de obra.

En obras empresariales muy grandes el maestro de obra debe ser alguien generalmente con título y se le llama Arquitecto Residente.

El maestro de obra tiene bajo su cargo a maestros albañiles, chalanes (ayudantes de albañil), electricistas y plomeros, así como armadores, proveedores, tablaroqueros, pintores, marmoleros, azulejeros, etc. etc.

Entonces :
El maestro de obra realiza labores de dirección y control


Lo que dicen las normas laborales 

Para efectos de los trabajadores que realizan labor de dirección de actividades de construcción civil, la Resolución del Tribunal de Trabajo (31.03.89), recaída sobre el Expediente Nº 0036-89/AC.LA, así como la de fecha 11.05.89 que recae sobre el Exp. N º 166-89-CD/AC.LA, indican que la labor de dirección y control, por ejemplo el capataz o maestro de obra, no se encuentra contemplada como una actividad perteneciente al régimen de construcción civil.

Ello, en cuanto dichos trabajadores tienen calidad de empleados, recibiendo órdenes de su superior a efectos de transmitirlas al personal bajo su cargo.


De esta forma, tanto el capataz como el maestro de obras se encuentran dentro del régimen laboral general de la actividad privada.


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Manual regimen laboral construcción civil 2017-2018


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Ver aqui

Vigencia del convenio colectivo en construccion civil 2017-2018


Algunas empresas piensen que el convenio colectivo recien entra en vigencia al dia siguiente , otros el mismo dia , de su publicación en el diario oficial el Peruano .

Por lo tanto al no haberse publicado aun en el diario Oficial " El Peruano" ( al 21 de Setiembre 2017 ), el contenido de dicho convenio aun no seria aplicable.



Eso es un error.

El convenio colectivo en construccion civil 2017-2018 , tiene  vigencia desde el 01/06/2017
 .
La publicación del documento en el Peruano y en la Web es solo como un medio de difusión y no determina su periodo de vigencia.

La causa de ese criterio errado
Algunas personas  toman en cuenta lo siguiente :
:" las normas legales entran en vigencia al dia siguiente de publicado en el diario oficial El Peruano , o en la fecha que se indique en la norma respectiva ".

Lo que se omite es que :
1.- El convenio colectivo por decisión de CAPECO y la FTCCP  han determinado que todos los años su vigencia empiece el 01 de Junio de cada año.


2.- Como se indico , laproxima  publicación del texto del convenio colectivo 2017-2018 de construccion civil en el diario " El periuano" , solo tiene   caracter de INFORMATIVO,.

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Manual regimen laboral construcción civil 2017-2018




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Incluye : Convenio Colectivo 2017-2018
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 b.- Modelo de planilla básica , incluye boleta de pago
 c.- Modelo de planilla para el pago cese del trabajador construcción civil
 d.- Tabla de nuevos beneficios laborales en Excel
 e.- Calculo de reintegros aumentos convenio colectivo 2017-2018


VER AQUI

Categoria del almacenero en el regimen de construcción civil

¿ El almacenero de obra en que categoria se encuentra ?




Para recordar :
A partir del D.S. de 02- Marzo -1945 se determinan diversas categorías de trabajadores con el objeto de definir los trabajos y jornales mínimos por categoría


¿ Y el almacenero?
Se considera operarios a los .... , almaceneros ..... y demás trabajadores calificados en una especialidad del ramo...

Base legal :

R.M. 197-DT de 5-7-55; R.M. 5-DT de 5-1-56

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Manual regimen laboral construcción civil 2017-2018



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 b.- Modelo de planilla básica , incluye boleta de pago
 c.- Modelo de planilla para el pago cese del trabajador construcción civil
 d.- Tabla de nuevos beneficios laborales en Excel
 e.- Calculo de reintegros aumentos convenio colectivo 2017-2018


VER AQUI

viernes, 15 de septiembre de 2017

Pago de reintegro trabajador cesado


Liquidamos varios obreros   en Construcción Civil en Agosto 2017 , estos trabajaron con nosotros desde Enero 2017 ?
Debido a  la suscripción del nuevo convenio colectivo 2017-2018 vigente desde 01/06/2017  
¿ TENGO QUE REINTEGRARLES?

¿ Como procedo ,si ya le dimos de baja en el T-Registro?

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Usted como empleador esta obligado a reintegrarle el monto respectivo desde el 01/06/2017 hasta la fecha de cese.

Es una exigencia acordada en el convenio colectivo 2017-2018

De baja en el T-registro

Debera activar a dichos trabajadores para registrar el monto que cobraran en su ioportunidad.