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miércoles, 4 de septiembre de 2013

D.S. 008-2013-TR

Establecen el registro Nacional de Obras de Construcción civil -RENOCC

Norma : D.S. 008-2013-TR
Publicado :  04/09/2013
Vigencia  : A los 120 días siguientes desde su publicación en el diario oficial EL Peruano.

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¿ Para que se dicta esta norma ?
Para que las empresas contratistas y sub contratistas se registren en una base central de información llamada  RENOCC  - Registro Nacional de Obras de Construcción Civil -

¿ Dicho registro tiene un costo ?
El RENOCC es gratuito y automático.

¿ Donde me debo registrar ?
Se realizara mediante un aplicativo informático que desarrollara el Ministerio de Trabajo.


¿ Fundamentalmente para que las empresas contratistas y sub contratistas deben inscribir?
Para cumplir con la obligación de registrar en el aplicativo informático las obras de construcción civil que desarrollaran.

¿ En que momento se debe cumplir con dicha información ?
El registro debe realizarse previo al inicio de la obra , con un plazo máximo de 10 días antes.

Importante : Una vez registrada la obra , el contratista o sub contratista ,  debe imprimir la constancia del registro y pegarla en lugar visible de la obra .

El aplicativo informático administrado por el Ministerio de trabajo
¿ Que información me pedirá el aplicativo informático ?
a.- Identificación de la empresa
b.- identificación de la obra
c.- Información de trabajadores.

¿ Como será el registro en  provincia ?
El registro en las jurisdicciones regionales se realizara de manera progresiva.

Norma derogada
El  D.S. 008-2013-TR deroga el D.S. 004-2007-TR

Lic. Ricardo Candela Casas

Establecen el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC

DECRETO SUPREMO Nº 008-2013-TR
 
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto por el numeral 5.1) del artículo 5º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, esta entidad es el organismo rector en materia de trabajo;


Que, mediante Resolución Suprema Nº 173-2012-PCM, se constituyó una Comisión Multisectorial Temporal para promover medidas de formalización laboral y la eliminación de la violencia en la actividad de la construcción civil, que tenía como objeto elaborar un informe con un diagnóstico y medidas de solución en contra de la violencia en la contratación de trabajadores en construcción civil;

Que, el informe final de la referida Comisión Multisectorial concluye sobre la necesidad de contar con información oportuna respecto de las obras de construcción que se realizan en esta actividad, a fi n de coordinar acciones de prevención y sanción sobre las situaciones de violencia en la contratación de trabajadores;

De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; el artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR;

DECRETA:
Artículo 1º.- Del Registro
Créese el “Registro Nacional de Obras de Construcción Civil – RENOCC”, cuya administración está a cargo de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. El RENOCC es de ámbito nacional y administración a través de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo.


Artículo 2º.- Aprobación
Apruébese el “Reglamento del Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC” que consta de dos (02) Títulos, siete (07) artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias Finales, una (01) Disposición Complementaria Transitoria y una (01) Disposición Complementaria Derogatoria.


Artículo 3º.- Publicación
El presente Decreto Supremo y el Reglamento del Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC se publican en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (
www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe).

Artículo 4º .- Vigencia
El presente Decreto Supremo entra en vigencia a los ciento veinte (120) días de publicado en el Diario Oficial “El Peruano”.


Artículo 5º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo.


REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN CIVIL – RENOCC
 
TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Objeto
El presente Reglamento tiene por objeto establecer disposiciones que regulen el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC.
 

Artículo 2°.- Ámbito de Aplicación
El presente Reglamento se aplica a las empresas contratistas y sub-contratistas que, conforme al artículo 12° del Decreto Legislativo N° 727, Ley de Fomento para la Inversión Privada en la Construcción, realizan obras de construcción civil cuyos costos individuales exceden las cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). No están comprendidas en la presente norma, las personas naturales que construyan directamente sus propias unidades de vivienda.

Es actividad de construcción civil aquella contenida en la Gran División 5 de la Clasifi cación Industrial Internacional Uniforme de las Naciones Unidas (CIIU), Revisión 3.

TITULO II

REGISTRO NACIONAL DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN CIVIL - RENOCC
Artículo 3°.- Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC
Las empresas contratistas y sub-contratistas deben inscribirse en el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil – RENOCC; este registro es automático, gratuito y se realiza mediante un aplicativo informático aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

El RENOCC es administrado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y es base de información, entre otros fines, para la realización de actividades de prevención de la violencia en la contratación de trabajadores de la actividad.

Artículo 4°.- Requisitos para la inscripción en el RENOCC
Para la inscripción automática en el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil – RENOCC, las empresas contratistas y sub-contratistas deben remitir, en un plazo no mayor a diez (10) días previos al inicio de la obra, mediante el formato electrónico administrado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la siguiente información mínima:

a) Identificación de la empresa
- Denominación social.
- R.U.C.
- Nombre y documento de identidad del representante legal.
b) Identificación de la obra
- Denominación de la obra
- De ser el caso, denominación de la empresa contratante.
- Lugar de ejecución de la obra.
- Fecha de probable inicio y término de la obra.
- Nombre, documento de identidad y correo electrónico del responsable de la obra.

c) Información de trabajadores
- Cantidad estimada de trabajadores que laborarán en la obra.


Artículo 5°.- Actualización de la información
Las empresas obligadas actualizan trimestralmente la información proporcionada respecto de las obras en ejecución.


Artículo 6°.- Constancia de inscripción
Efectuado el Registro, la empresa debe imprimir el formato de constancia de registro que produce el sistema informático y pegarlo en un lugar visible de la obra.


Artículo 7°.- Acceso a servicios
La inscripción en el Registro permite a la empresa acceder a los siguientes servicios:

a) Actuaciones administrativas para la coordinación de medidas de prevención de la violencia en obra.
b) Acceso al servicio de acercamiento empresarial que ofrece la Ventanilla Única de Promoción del Empleo – VUPE.
c) Información sobre los trabajadores inscritos en el Registro de Trabajadores de la Construcción Civil – RETCC.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- La Dirección General del Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo establece normas especiales, de ser el caso, para los servicios de “Acercamiento Empresarial” y el Servicio de “Bolsa de Trabajo” que se ofrecen a las empresas y trabajadores respectivamente en la Ventanilla Única de Promoción del Empleo, en un plazo no mayor a ciento veinte (120) días calendario.

Segunda.- La Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo emite disposiciones, de ser el caso, para la certificación de competencias laborales de los trabajadores de construcción civil, en un plazo no mayor a veinte (120) días calendario.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única.- El Registro se establecerá en las jurisdicciones regionales de forma progresiva, conforme se determine mediante Resolución Ministerial.


DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Única.- Deróguese el Decreto Supremo Nº 004-2007- TR, así como sus normas complementarias y modificatorias, en todo lo que se oponga al presente Decreto Supremo.


Vea el Manual del régimen construcción civil 2013-2014

sábado, 24 de agosto de 2013

Independiente aportes al sistema de pensiones ¿ TIene dudas ?

¿ Es usted trabajador independiente y tiene dudas sobre como funciona las nuevas normas de aporte a un sistema de pensiones ?
No es el único...

Brevemente se tratara de despejar algunas dudas sobre el nuevo descuento a la AFP u ONP .

1.- ¿ A quienes se les debe descontar por aporte de pensiones ?
Solo a los trabajadores independientes nacidos después del 01 de Agosto de 1973 ( es decir desde el 02 de Agosto 1973).

2.- ¿ Quienes deben calcular los descuentos ?
El independiente debe calcular el monto a ser descontado en su recibo por honorarios.

3.- No sabe si esta afiliado a un sistema de pensiones
Si no sabe , puede verificar la información en el caso de saber si esta en una AFP en el portal de la SBS ( www.sbs.gob.pe).

En el caso de la ONP , si no aporto nunca a esa entidad  por lógica no esta en la ONP.



4.- No estoy ni en la ONP ni en la AFP  ¿ Que hago ?
Antes de emitir su recibo por honorarios , deberá elegir si afiliarse a la ONP o si desea afiliarse a la AFP HABITAT.

Para afiliarse a la ONP : ingrese a la pagina web de la ONP

Para afiliarse a la AFP HABITAT : Puede ingresar a
www.afphabitat.com  o apersonarse al Banco de la Nación.


5.- Y ¿ Como emito mi recibo por honorarios ?
Cada ves que emita un recibo por honorarios por mas de S/ 750.00 deberá incluir el descuento por el sistema de pensiones elegido. ( ver imagen modelo descuento en caso de AFP). Adicionalmente debe adjuntar la impresión de su constancia de afiliación al sistema de pensiones elegido.

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Mas detalles puede verlo en  revista laboral tributaria Actualízate  edición Mes Agosto 2013
En informe especial.

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sábado, 17 de agosto de 2013

permiso por fallecimiento de familiar

Trabajador obrero de construcción civil
¿ Los trabajadores de construcción civil tienen derecho a un permiso por fallecimiento de familiar ?
Los trabajadores de este régimen en toda la República gozarán de permiso por duelo con goce de salario en caso de fallecimiento de padres, cónyuges e hijos legítimos o reconocidos .
¿ Cuantos días de permiso son ?
El permiso es por 03 días pagados
¿ Si la madre fallecida de un  trabajador  , se encontrase fuera de Lima y el obrero necesita   viajar por dicho motivo , la licencia se extiende por mas de tres días ?
Es posible si :
- Hay acuerdo con el empleador
- Si es decisión del empleador
¿  Y en caso se otorguen días adicionales , estos son pagados ?
Todo esta en función del acuerdo a que se llegue entre el trabajador y el empleador.
Puede acordarse por ejemplo :
- Recuperar las horas no laboradas en fechas posteriores
- Descontar las horas no laboradas de futuras horas extras
- Pagar los días adicionales , sin realizar ningún tipo de recuperación de horas.

Manual Plan de seguridad en obra construccion



 
 
A.- Introducción

¿Qué es el plan de seguridad y salud en el trabajo en la  obra ?

¿Cuándo deben las obras de construcción contar con uno?

¿ Quien es el responsable de implementar el Plan de seguridad y salud en el Trabajo  en la obra ?

¿ Cuales son las partes que deben contener el Plan de seguridad y salud en el trabajo para la obra ?

¿ Quien es el responsable de supervisar el cumplimiento del contenido  indicado en el plan de seguridad y salud de obra ?

¿ Se debe publicar el plan de seguridad y salud de obra ?

¿ Se debe entregar una copia a los trabajadores ?

 


B.- Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo

1.- Especificaciones de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo de Obra.

2.- Implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud : Elementos Sistema

2.1.-Política

2 .2.-Planificación

 a.- Identificación de peligros, evaluación y control de riesgos

 b.- Requisitos legales y otros requisitos

 c.- Mapa de riesgos

 d.- Objetivos

 e.-Programa de gestión de Seguridad en obra

 2.3.- Implementación y operación

 a.-Estructura y responsabilidad

 b.-Entrenamiento, conocimiento y competencia

 c.- Mapa de riesgo

 d.-Consulta y comunicación

 e.-Documentación

 f.-Control de documentos y datos

 g.-Control operacional

 h.-Preparación y respuesta ante emergencias

 2.4.- Verificación y acción correctiva

 a.-Monitoreo y medición del desempeño

 b.-Incidentes, no conformidades y acciones correctivas y preventivas

 c.-Registros y gestión de registros

 d.-Auditoria

 2.5.-  Revisión de la Gerencia

 
C.-  Estructura del Plan de Seguridad y Salud en Obra  

D.-   Modelo del plan de seguridad en obra


E.-  Inspección de trabajo en obra de construcción

F.- Texto de Normas legales relacionas


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Costo del Manual Seguridad en obra de construcción : Elementos básicos
 
Ambos tomos por un solo precio :
S/  69 .00 ( Sesentinueve nuevos soles)

banco de credito compra manuales laborales

Forma de pago
Agencia Bancaria o en Agente BCP mas cercano a su domicilio o centro laboral
Procedimiento :
1.- Deposite el importe en la cuenta abajo indica.
2.- Escanee el Voucher del deposito y envíelo por email a : conrcc@gmail.com
Deposite el importe en la cuenta del Banco de Crédito del Peru
Cuenta  : Ahorros
Moneda : Soles
Numero : 194-04544476-0-78
Titular : Ricardo Candela Casas

Código Interbancario : 00219410454447607893

También puede realizar su deposito en los AGENTES BCP
( Todos los días de la semana incluso domingos y feriados).

lic ricardo candela casas
Forma de envió : A su correo electrónico en formato PDF
Coordinaciones de la compra :
conrcc@gmail.com  o al teléfono 999062932

miércoles, 14 de agosto de 2013

Manual tercerizacion de servicios



La Tercerización tiene diferentes denominaciones:

-        Subcontratación
-        Externalización
-        Outsoursing
Su esencia radica en la contratación por una empresa principal de una o mas empresas tercerizadoras a las que encarga  o delega el desarrollo de una o mas partes de su actividad principal, a través de la provisión de obras o servicios vinculados o integrados a ella.

En este documento con información actualizada , conocerá los criterios aplicados para este tipo de prestación de servicios.
¿ Conoce la diferencia entre la tercerización externa de la interna ?
¿ Sabe que la tercerización interna con desplazamiento continuo de personal es la única que tiene regulación legal en materia laboral ?
Contenido

1.-  Concepto y ámbito de aplicación

2.- Requisitos, elementos, supuestos que califican como tercerización,

2.1.-Desnaturalización

2.2.-Requisitos

2.3.-Autonomía empresarial

a.- La pluralidad de clientes

c.- Inversión de capital

d.- La manera de retribución por obra o servicio.

2.4.-Supuestos que califican como tercerización

2.5.-Desnaturalización

3.- Garantía de derechos de los trabajadores

4.- Registro, responsabilidad solidaria.

4.1.- Registro

4.2.- Responsabilidad solidaria.

5.- Seguridad y salud en el trabajo: Trabajadores de empresas de tercerización y de intermediación.

6.- Registro de empresas contratistas mineras

7.- Registro de empresas contratistas y sub contratistas de construcción civil

8.- Normatividad laboral relacionada


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Costo del Manual Tercerización de servicios
Ambos tomos por un solo precio :
S/ 56.00 ( Cincuentiseis nuevos soles)

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Forma de pago
Agencia Bancaria o en Agente BCP mas cercano a su domicilio o centro laboral
Procedimiento :
1.- Deposite el importe en la cuenta abajo indica.
2.- Escanee el Voucher del deposito y envíelo por email a : conrcc@gmail.com
Deposite el importe en la cuenta del Banco de Crédito del Peru
Cuenta  : Ahorros
Moneda : Soles
Numero : 194-04544476-0-78
Titular : Ricardo Candela Casas

Código Interbancario : 00219410454447607893

También puede realizar su deposito en los AGENTES BCP
( Todos los días de la semana incluso domingos y feriados).

lic ricardo candela casas
Forma de envió : A su correo electrónico en formato PDF
Coordinaciones de la compra :
conrcc@gmail.com  o al teléfono 999062932

lunes, 12 de agosto de 2013

Disposciones por cambio de lugar atención medica essalud motivado por variacion de domicilio

Establecen disposiciones para el procedimiento de cambio de adscripción permanente.

Norma : Res. 23-GCAS-EsSalud-2013
Publicado : 12/08/2013
Vigencia : 13/08/2013
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¿ Que es una adscripción ?
Es el lugar designado por EsSalud  para la atención medica del Asegurado.
Ejemplo :  Si reside en el distrito de Breña , le corresponderá como lugar de adscripción para ser atendido el Policlínica Chincha.

¿ Como se determina el lugar de adscripción ?
En base a la información de su documento de identidad  ( DNI )

El motivo de la norma Res 23-GCAS-Essalud-2013

Se tiene programado nuevas elecciones municipales en Lima Metropolitana para 24 Noviembre 2013.
Esto a motivado que la RENIEC ha cerrado el padrón electoral el 27/07/2013 .
Lo cual no permite el registro de cambios de domicilio que deben aparecer en el DNI.

¿Qué es lo que dice la Res 23-GCAS-Essalud -2013 ?
Motivado por esta situación , de manera excepcional hasta el 31/01/2014  los asegurados que deseen cambiar de adscripción permanente podrán hacerlo presentando recibo de agua , luz , teléfono o contrato de alquiler del lugar de destino del solicitante.

Esta situación es solo valida para Lima Metropolitana.

Posteriormente Essalud de oficio actualizara su base de datos en Febrero 2014. basándose en el cambio de domicilio que deberá ser tramitado por el asegurado en la RENIEC.

Lic. Ricardo Candela Casas

viernes, 9 de agosto de 2013

R.J. 213-2013-INEI

Modifican factores de reajuste aplicables a obras de edificación del sector no Publico para las seis áreas geográficas , correspondiente al mes de Junio 2013

Norma :  R.J. 213-2013-INEI
Publicado : 09/08/2013

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Vea también : Manual régimen laboral construcción civil periodo 2013-2014

Para saber mas :
La Resolución Jefatural 190-2013-INEI aprueba los factores de reajuste aplicables a obras de construcción en el sector privado para las seis áreas geográficas  , por variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas edificaciones ejecutadas en el mes de Junio 2013.

En consecuencia :
Se establece una nueva tabla de los factores de reajuste modificados correspondientes al periodo del 01 al 30 de Junio del 2013