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jueves, 17 de septiembre de 2015

convenio 2008-2009

CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO ACTA FINAL DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA
EN CONSTRUCCIÓN CIVIL 2008 – 2009
 
EXPEDIENTE Nº 105463-2008-MTPE/2/12.210.

En Lima, a los ocho días del mes de Julio del año dos mil ocho , siendo las 10:30 horas se reunieron en el local de la Cámara Peruana de la Construcción - CAPECO, sito en Av. Víctor Andrés Belaunde Nro. 147, Vía Principal 155, Edificio Real III Of. 402, Centro Empresarial Real, San Isidro, de una parte en representación de la Cámara Peruana de la Construcción - CAPECO, los Señores (….) , y de la otra parte los Señores integrantes de la Comisión Negociadora de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú - FTCCP, los señores; (…. ) , con el objeto de dejar constancia de los acuerdos correspondientes a la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del año 2008 - 2009 que corre en el Expediente Nº 105463-2008-MTPE/2/12.210.   dentro de los alcances del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010- 2003-TR y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 011-92- TR, de acuerdo al siguiente resultado:



Manual Laboral regimen de construcción
Civil completo : VER AQUI
I.- INCREMENTO DE REMUNERACIONES:
Primera.- Las partes acuerdan que a partir del 1º de junio del 2008 los trabajadores en construcción civil del ámbito nacional, recibirán un aumento general sobre su jornal básico según categorías, de la forma siguiente:
OPERARIO S/. 2.20 nuevos soles
OFICIAL S/. 2.00 nuevos soles
PEON S/. 1.80 nuevos soles

II.- CONDICIONES DE TRABAJO
Seguro de vida :
Segundo .- Los empleadores convienen en hacer extensiva la contratación a favor de sus trabajadores con contrato vigente de la POLIZA DE SEGURO DE ESSALUD-VIDA , adicional al Seguro Complementario por Trabajo de Riesgo (SCTR) , cuando el costo de la obra presupuestada sea mayor a 250 UIT.

La movilidad en domingos y feriados :
Tercero .- Las partes acuerdan que la Bonificación Acumulada por Movilidad para los trabajadores que laboren domingos o feriados será la equivalente a 4 ( cuatro) pasajes urbanos.

Capacitación en Seguridad Laboral :
Cuarto.- La Cámara Peruana de Construcción –CAPECO- se compromete en recomendar a sus asociados que promuevan charlas en seguridad laboral a los trabajadores de construcción civil que tengan relación laboral en sus obras.

La Federación de Trabajadores de Construcción Civil del Perú-FTTCCP- se compromete a impulsar entre sus agremiados el uso obligatorio de los implementos y accesorios de seguridad que proporcionan los constructores en las obras.

III.- Otros puntos:
VIGENCIA:
La presente Convención Colectiva a Nivel de Rama de Actividad, tiene la vigencia de un año contado a partir del primero de junio del año dos mil ocho, siendo de aplicación para todos los trabajadores en construcción civil del ámbito nacional que laboren en obras de construcción civil públicas o privadas, con excepción de lo dispuesto por el Decreto Legislativo No. 727.

REINTEGROS:
Una vez que el Instituto Nacional de Estadísticas e Informática - INEI, fi je los índices o porcentajes correspondientes, los trabajadores solicitaran a su principal el pago de los reintegros provenientes de la presente Negociación Colectiva.

NATURALEZA  DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS:
Se conviene en que los acuerdos adoptados en las cláusulas segunda, tercera, cuarta y quinta, de la presente negociación colectiva, tienen A ¿carácter permanente de acuerdo a Ley.

PUBLICACIÓN DE LOS ACUERDOS:
Las partes convienen en requerir, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se dé cumplimiento a la Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR dando a conocer en forma pública mediante acto administrativo los acuerdos adoptados en trato directo sobre el Convenio
Colectivo 2008 - 2009, suscrito entre, la Cámara Peruana de la Construcción y la Federación de Trabajadores de Construcción Civil del Perú, para tal efecto deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, el texto del Convenio, adjunto a la Resolución correspondiente.

DECLARACIÓN FINAL
Las partes declaran que de común acuerdo y por trato directo, con sujeción a los Convenios Internacionales de la Organización Internacional del Trabajo - OIT y la legislación nacional, han dado solución definitiva al Pliego Nacional de Reclamos a nivel de rama de actividad presentado por la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú correspondiente al período 2008-2009, materia del expediente Nº 105463-2008-MTPE/2/12.210.

Leída la presente Acta, las partes la suscriben en señal de conformidad, conviniendo en ponerla en conocimiento de la Autoridad Administrativa de Trabajo, para los fines legales correspondientes.


(… siguen firmas ) ….

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