Lo que sucede : Algunas empresas para evitar el pago de reintegros en remuneraciones , cesan al trabajador .
Lo correcto :
En la legislación laboral peruana no se exige que el trabajador tenga la relación de trabajo vigente para realizar el cobro de algún reintegro económico.
Recuerde : Un reintegro es aquella parte económica que no se cobro en su momento, debido a :
a.- Que se pago en forma normal pero en el futuro se acordó un ajuste del mismo
b.- Por que al trabajador se le pago en forma incompleta en su momento , y ante un reclamo el empleador se ve obligado a " reintegrar " el faltante.
En consecuencia
El retirar , cesar o despedir a un trabajador para evitar el pago de reintegros no tiene sentido alguno.
Si el trabajador es retirado y no se le cancela las deudas económicas que se tienen con el , se puede recurrir ante la SUNAFIL y en ultimo caso al Poder judicial
En todos esos casos el empleador perderá : tiempo , imagen y ... paciencia.
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