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viernes, 11 de septiembre de 2015

Subsidios essalud suspenden algunos requisitos

Prestaciones económicas: Requisitos vigentes para su otorgamiento y pago
La Res. 23-GCSPE-ESSAULD-2015 (pub.11-9-2015) ha suspendido la exigencia de la presentación de ciertos requisitos establecidos en la Directiva 08-GG-ESSALUD-2012 (Normas Complementarias al Reglamento de Pago de Prestaciones económicas) para el otorgamiento y pago de las prestaciones económicas a cargo de EsSalud (subsidios por incapacidad, maternidad, lactancia y prestaciones por sepelio).

Los requisitos cuya presentación ya no resulta exigible son los siguientes:

Incapacidad temporal
- Incapacidad temporal originada por un accidente de trabajo, en caso de trabajadores pesqueros, Ley 28320: Constancia de Protesta Informativa por la Capitanía de Puerto que conste la ocurrencia producida tanto para naves de alta mar, como en Puerto o Fondeaderos.

Prestaciones de sepelio
- Prestaciones por Sepelio:
- Declaración Jurada de Beneficiario para Reembolso de Gastos de Sepelio, según modelo, debidamente llenada y firmada por el beneficiario

- Contrato (original) detallado de los servicios funerarios y de los servicios de inhumanación o cremación, firmado por el beneficiario y la empresa proveedora de los servicios (sólo cuando se solicita el reembolso de gastos funerarios)

- Copia de la constancia de entierro, firmada y sellada por el responsable del cementerio, indicando su nombre y cargo (sólo cuando el pago se ha realizado previamente al deceso o por nichos multifamiliares)

- Copia de la Autorización de Cremación (cuando es aplicable)

- Copia de la Autorización de traslado de cadáver (cuando es aplicable)

Asimismo se ha suspendido la exigencia de la presentación de la partida de defunción original del asegurado titular para fines del trámite de evaluación de los expedientes de sepelio.

Aplicación de esta resolución :
La resolución es aplicable a los procesos de calificación de solicitudes y evaluación de recursos impugnatorios que se encuentren pendientes de resolver a la fecha y los que se presenten hasta la vigencia del nuevo TUPA institucional.

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