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jueves, 17 de septiembre de 2015

Convenio 2006-2007

CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO ACTA FINAL DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA
EN CONSTRUCCIÓN CIVIL 2006 – 2007
 
EXPEDIENTE Nº 82052-2006-DRTPEL-DPSC-SDNC.

En Lima, a los veintisiete días del mes de Junio del año dos mil seis , siendo las 16:00 horas se reunieron en el local de la Cámara Peruana de la Construcción - CAPECO, sito en Av. Víctor Andrés Belaunde Nro. 147, Vía Principal 155, Edificio Real III Of. 402, Centro Empresarial Real, San Isidro, de una parte en representación de la Cámara Peruana de la Construcción - CAPECO, los Señores (….) , y de la otra parte los Señores integrantes de la Comisión Negociadora de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú - FTCCP, los señores; (…. ) , con el objeto de dejar constancia de los acuerdos correspondientes a la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del año 2006 - 2007 que corre en el Expediente Nº 82052-2006-DRTPEL-DPSC-SDNC, dentro de los alcances del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010- 2003-TR y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 011-92- TR, de acuerdo al siguiente resultado:



Manual Laboral regimen de construcción
Civil completo : VER AQUI
I.- INCREMENTO DE REMUNERACIONES:
Primera.- Las partes acuerdan que a partir del 1º de junio del 2006 los trabajadores en construcción civil del ámbito nacional, recibirán un aumento general sobre su jornal básico según categorías, de la forma siguiente:
OPERARIO S/. 1.50 nuevos soles
OFICIAL S/. 1.30 nuevos soles
PEON S/. 1.20 nuevos soles

II.- CONDICIONES DE TRABAJO

Uniformes de trabajo :
Segundo .-  Cuando la obra pública o privada requiera veinte ( 20 ) o más trabajadores , los empleadores entregaran al inicio de su relación laboral a cada uno de sus trabajadores , dos (2) uniformes consistentes en  overoles tipo estándar , sin que exista la obligación del  trabajador de devolverlos al término de su relación laboral.

Asignación escolar :
Tercero.- Los partes convienen en hacer extensiva la Bonificación por Asignación Escolar a los hijos de los trabajadores que cursan estudios técnicos o superiores , hasta los 21 años de edad . Para percibir este beneficio , se aplicaran los requisitos ya establecidos en la R.S.D. Nro. 434-74-911000 . Art. 3 del 07.03.74 , R.S.D. Nro. 711-75-911000, del 23.04.75 , Art. 1 y 2 , R.D.. Nro. 531-81-911000 del 24-07-81 ,punto 4; R.S.D. Nro. 479-82-911000 del 16-08-82 , Art. 5 R.D. Nro 155-94-DPSC punto 5 , Punto 2 del Convenio Colectivo Nro 148-2005 del 21.09.2005

III.- Otros puntos:
Cuarto .- Reiterar que los presupuestos de obra deberán consignar una partida especifica para gastos de seguridad en las obras , en cumplimiento de la Norma Tecnica “ E 120” de Seguridad en la Construcción y otras de carácter complementario.

VIGENCIA:
Quinto.v-vLa presente Convención Colectiva a Nivel de Rama de Actividad, tiene la vigencia de un año contado a partir del primero de junio del año dos mil seis, siendo de aplicación para todos los trabajadores en construcción civil del ámbito nacional que laboren en obras de construcción civil públicas o privadas, con excepción de lo dispuesto por el Decreto Legislativo No. 727.

REINTEGROS:
Sexto .- Una vez que el Instituto Nacional de Estadísticas e Informática - INEI, fi je los índices o porcentajes correspondientes, los trabajadores solicitaran a su principal el pago de los reintegros provenientes de la presente Negociación Colectiva.

NATURALEZA  DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS:
Se conviene en que los acuerdos adoptados en las cláusulas segunda, tercera, cuarta y quinta, de la presente negociación colectiva, tienen A ¿carácter permanente de acuerdo a Ley.

PUBLICACIÓN DE LOS ACUERDOS:
Séptimo .- Las partes convienen en requerir, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se dé cumplimiento a la Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR dando a conocer en forma pública mediante acto administrativo los acuerdos adoptados en trato directo sobre el Convenio
Colectivo 2006 - 2007, suscrito entre, la FTCCP y CAPECO , solicitando que la referida Resolución se publique en el  Diario Oficial El Peruano, al igual que el texto del Convenio.

DECLARACIÓN FINAL
Las partes declaran que de común acuerdo y por trato directo, con sujeción a los Convenios Internacionales de la Organización Internacional del Trabajo - OIT y la legislación nacional, han dado solución definitiva al Pliego Nacional de Reclamos a nivel de rama de actividad presentado por la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú correspondiente al período 2006-2007, materia del expediente Nº 82052-2006-DRTPEL-DPSC-SDNC..

Leída la presente, las partes la suscriben en señal de conformidad, conviniendo en poner de  conocimiento a la Autoridad Administrativa de Trabajo la presente acta , para los fines legales correspondientes.

(… siguen firmas ) ….

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